Impuestos

Nuevo impuesto sustitutivo sobre las utilidades acumuladas.

Escrito por Equipo Easytax

El nuevo impuesto sustitutivo sobre las utilidades acumuladas, que será parte de la Ley N° 21.681 publicada el 01.07.2024, crea un Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios y otras medidas para la reconstrucción. Este proyecto de ley, en su tercer trámite constitucional, incluye un incentivo tributario destinado a la reconstrucción.

Base de Cálculo del Impuesto Sustitutivo:

La base sobre la que se aplicará el impuesto sustitutivo, con la tasa correspondiente (12% o 30%), serán las utilidades acumuladas al 31.12.2023. Estas utilidades se registraron desde el 01.01.2017 hasta el 31.12.2023 y se encuentran en el Registro de Rentas Afectas a Impuesto (RAI) de la empresa. Además, incluyen las utilidades tributables acumuladas generadas hasta el 31 de diciembre de 2016, según lo mencionado en el artículo tercero transitorio de la Ley N° 20.780.

Incentivo del Pago del Nuevo Impuesto Sustitutivo:

El incentivo beneficiará a dos grupos de contribuyentes:

1.Empresas en el Régimen General de Tributación:

-Incluye a grandes contribuyentes bajo la letra A) del art. 14 de la Ley de la Renta.

-Tasa del 27% de impuesto de Primera Categoría.

-Crédito del 65% del impuesto pagado contra los impuestos finales de personas naturales nacionales.

-Incluye Pymes cuyos ingresos provienen en más del 35% de Rentas de N° 1 y 2 del art. 20 LIR (excepto Bienes Raíces Agrícolas), contratos de cuentas en participación, y tenencia de derechos sociales, acciones o cuotas de fondos de inversión.

2.Contribuyentes en el Régimen ProPyme General:

-Bajo el N° 3 de la letra D) del art. 14 de la LIR.

-Tasa del 30% para el impuesto sustitutivo.

-Estas utilidades pudieron haber pagado una tasa rebajada del 10% entre 2020 y 2023, y una tasa del 12,5% en 2024.

-Pueden incluir utilidades que no pagaron impuesto, como las provenientes de la reinversión de utilidades, bajo una tasa general del 25%.

Operación del Incentivo:

Los contribuyentes podrán optar por este beneficio y aplicar la tasa correspondiente (12% o 30%) sobre las utilidades acumuladas.

Este incentivo facilita el acceso a recursos para la reconstrucción, permitiendo a las empresas gestionar mejor sus obligaciones tributarias y utilizar las utilidades de manera más eficiente.

Equipo Easytax

Categorías: Impuestos

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